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La CAME pidió corregir varios artículos para apoyar la reforma laboral

Pese a apoyar el proyecto de reforma laboral en general, desde la CAME reclamaron la revisión de artículos referidos a las modificaciones a los convenios colectivos.

Previo al debate de la reforma laboral en las sesiones extraordinarias del Congreso,desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) pidieron a los legisladores revisar los artículos referidos a las modificaciones a los convenios colectivos, al alertar que de sancionarse tal como están redactados podría derivar en una mayor “imprevisibilidad y conflictividad laboral”.

A través de un documento presentado en el Senado nacional, la entidad presidida por Ricardo Diab expresó su respaldo en general a la reforma laboral, pero advirtió sobre varios artículos del capítulo “Convenciones Colectivas” que modifican el marco legal para ordenar la relación entre trabajadores y empresas.

En primer término, desde la CAME advirtieron que el capítulo 126 del proyecto de reforma laboral, el cual limita la ultraactividad de los convenios colectivos vencidos solo a sus cláusulas normativas (sin incluir las obligacionales) Para la entidad empresaria, esta restricción entra en tensión con la Constitución Nacional y con convenios internacionales, por lo que abre la puerta a disputas legales.

Asimismo, uno de los principales ejes de las críticas recae en el artículo 128 del proyecto impulsado por el Gobierno nacional, el cual añade el carácter voluntario a los aportes patronales a las entidades empresarias pero mantiene los de las organizaciones sindicales. “Nos ataca de lleno, prohíbe la obligatoriedad de los aportes a las instituciones, que es con lo que sostenemos el andamiaje de capacitaciones”, remarcaron desde la CAME.

En tanto, el documento también pone el foco en artículo 132, que faculta al Estado a suspender la vigencia de convenios colectivos cuando invoque razones amplias como “distorsiones económicas graves”. Para la CAME, se trata de una “discrecionalidad excesiva” que introduce un factor adicional de inestabilidad y debilita la previsibilidad para la actividad económica.

“De oficio, o por petición de cualquiera de las partes legitimadas para negociar un Convenio Colectivo, la autoridad administrativa del trabajo podrá decretar la suspensión de los efectos del acto de homologación cuando se alegare y demostrare sumariamente que su aplicación genera distorsiones económicas graves que afecten el interés general”, establece el artículo mencionado del proyecto de reforma laboral.

Según manifestó el titular de la CAMERicardo Diab, en declaraciones radiales, está de acuerdo con la iniciativa “en líneas generales y siempre y cuando no vulnere ningún derecho al trabajar”. “Lamentablemente estamos viendo que no hay mucha información sobre la implicancia que pueda tener esto y los juicios a futuro”, concluyó.

Estas advertencias se suman a las manifestadas por entidades gremiales en los últimos días. Por caso, la Confederación General del Trabajo (CGT) reclamó modificar el artículo de la reforma laboral que elimina la obligatoriedad de que los empleadores sean agentes de retención de la cuota de afiliación, como así también eliminar los artículos que limitan el pago de las cuotas solidarias.

Asimismo, desde la entidad gremial pusieron el foco en el artículo 161 que reduce la contribución patronal destinada a las obras sociales sindicales del 6% al 5%. Para el triunvirato de la CGT, esta modificación implica un “desfinanciamiento directo” del sistema de salud laboral.

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