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Reuniones al aire libre y último adiós, claves del último decreto

El Gobierno nacional comunicó que extenderá el aislamiento hasta mitad de septiembre. Los puntos centrales del nuevo decreto.

El Gobierno nacional oficializó la extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 20 de septiembre, por medio de un decreto publicado en el Boletín Oficial este lunes. En el mismo destacan dos puntos importantes que ha sido discusión desde el comienzo de la cuarentena: las reuniones sociales al aire libre hasta 10 personas y la prohibición de los encuentros en privado; y el acompañamiento a los pacientes internados.

“Se autorizan las reuniones sociales de hasta de 10 personas en espacios públicos o de acceso público al aire libre, siempre que las personas mantengan entre ellas una distancia mínima de dos metros, utilicen tapabocas y se dé estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y nacional. No podrá utilizarse el servicio público de pasajeros de colectivos, trenes o subtes”, figura en el artículo 26.

Además, junto con eso describe “los gobernadores y el Jefe de Gobierno porteño dictarán las correspondientes normas reglamentarias y, en atención a las condiciones epidemiológicas y a la evaluación de riesgo en la jurisdicción a su cargo, podrán incluso determinar uno o algunos días para ejercer este derecho, limitar su duración, determinar los lugares habilitados para ello y, eventualmente, suspenderlo con el fin de proteger la salud pública”.

La provincia de Buenos Aires por su parte, se habilitarían las reuniones sociales por el momento.  Así lo comunicará esta mañana el gobernador Axel Kicillof, quien  además dará precisiones al respecto.

Asimismo, el decreto nacional deja “sin efecto todas las excepciones dictadas con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto, que autorizaban la realización de eventos o reuniones familiares o sociales en espacios cerrados”.

Una parte importantes es que, también se habilita el acompañamiento de pacientes internados. “Deberá autorizarse el acompañamiento durante la internación, en sus últimos días de vida, de los pacientes con diagnóstico confirmado de Covid-19 o de cualquier enfermedad o padecimiento”.

En relación con el ultimo agrega que: “En tales casos las normas provinciales y de la ciudad de Buenos Aires deberán prever la aplicación de un estricto protocolo de acompañamiento de pacientes que resguarde la salud del o de la acompañante, que cumpla con las recomendaciones e instrucciones del Ministerio de Salud de la Nación y de la autoridad sanitaria provincial”.

Asimismo, también sostienen que “en todos los casos deberá requerirse el consentimiento previo, libre e informado por parte del acompañante”.

La norma informa que los gobernadores “dictarán las correspondientes reglamentaciones” para llevar a cabo esta nueva habilitación.

El decreto 714/2020, lleva la firma del presidente Alberto Fernández y de sus ministros, el Gobierno recuerda que “durante el transcurso de estos más de ciento sesenta (160) días desde el inicio de las políticas de aislamiento y distanciamiento social el Estado Nacional no solo ha mejorado e incrementado la capacidad de asistencia del sistema de salud, la adquisición de insumos y equipamiento y fortalecido el entrenamiento del equipo de salud, tarea que se viene logrando con buenos resultados, sino que también ha dispuesto medidas para morigerar el impacto económico y social causado por la pandemia de Covid-19”.

“Solo en materia de salud se dispusieron más de 30.000 millones de pesos a la atención de la emergencia destinados al otorgamiento de incentivos al personal de salud, a transferencias financieras y en especie a las provincias, a la compra y distribución de bienes, insumos, recursos y a obras para hospitales nacionales”, indica. Y destaca que “se desarrollaron y registraron 4 dispositivos de diagnóstico diseñados y producidos por científicos y empresas locales y se estimuló y apoyó la producción nacional de respiradores, alcohol en gel y elementos de protección personal”.

De la esa manera se hace mención de que la Argentina “ha sido seleccionada por la OMS como parte de los países que están participando del Estudio Solidaridad con el objetivo de generar datos rigurosos en todo el mundo para encontrar los tratamientos más eficaces para los pacientes hospitalizados con COVID-19. La Argentina fue uno de los primeros DIEZ (10) países en confirmar su participación”.

En el decreto se realiza un extenso detalle sobre la situación epidemiológica del país y de cada provincia en particular.

“La situación epidemiológica del AMBA presenta una estabilidad en el promedio de casos semanales que se evidencia más claramente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a partir de la semana epidemiológica 29 (12 de julio a la fecha), mientras que en la región metropolitana de la Provincia de Buenos Aires esta estabilidad es más tardía y se observa a partir de la semana epidemiológica 23 (2 de agosto a la fecha)”, se establece.

“Todas las jurisdicciones presentaron casos en los últimos Catorce (14) días y muchas de ellas presentan brotes, conglomerados extensos y zonas con transmisión comunitaria”.

Asimismo, indica que “el tiempo de duplicación de casos para el total del país, excluyendo del cálculo al AMBA al 2 de junio era de cuarenta y tres coma ocho (43,8) días, al 31 de julio era de dieciocho coma tres (18,3) días y al 26 de agosto, de diecisiete coma siete (17,7) días”.

Y en el caso de la provincia de Jujuy “continúa con una situación crítica en relación con la transmisión de la enfermedad. Allí se verifica transmisión comunitaria extensa, casos distribuidos en todo el territorio y con brotes localizados tanto comunitarios como en personal de salud. Los departamentos más afectados son Manuel Belgrano, Ledesma, El Carmen, Palpalá y San Pedro, y se observa saturación del sistema de salud”. 

 

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